jueves, 25 de octubre de 2012

LEY SECA PARA LA COMUNA DE NAVIDAD



 

 

Elecciones Municipales: "Ley Seca" regirá por un tiempo más acotado

COMUNA DE NAVIDAD., Junto con el cambio que se hizo en las elecciones, para contar por primera vez con inscripción automática y voto voluntario, también se incluyó en la Ley 20.568 la normativa que cambia el horario para que rija la llamada "Ley Seca".
De esta forma, y como indica también el Servicio Electoral (Servel), el próximo domingo 28 de octubre se prohíbe el expendio de bebidas alcohólicas en supermercados, botillerías, bares, restaurantes, discoteques, etc. desde las 05:00 horas, hasta dos horas después del cierre de las votaciones.
Este será un cambio importante sobre todo para los locales nocturnos, debido a que la normativa anterior indicaba que la "Ley Seca" operaba en todo el territorio nacional desde las 00:00 horas del día de las elecciones, y hasta cuatro horas después de terminadas las votaciones.
En el caso de los supermercados y centros comerciales, deberán retirar de sus góndolas las bebidas alcohólicas en ese horario. Tampoco podrán funcionar los teatros, cines y recintos de espectáculos o eventos deportivos, artísticos o culturales. Los hoteles serán la excepción, porque se les permitirá vender licor, claro que sólo a sus pasajeros.
En el caso de los casinos, gracias a una instrucción emanada de la Superintendencia de Casinos de Juego (SCJ), se derogó la anteriore normativa que prohibía a este tipo de recintos funcionar en días de elecciones. De hecho Monticello Gran Casino informó que operará ininterrumpidamente el sábado 27 y el domingo 28 de octubre, pero respetando la ley, y por lo tanto no venderá ningún tipo de alcohol desde las 05:00 horas del domingo.
Cierre de malls
Además, la norma establece que centros comerciales y strips center administrados bajo una misma razón social, no pueden abrir el día de la elección, y por ende sus trabajadores gozan de feriado obligatorio.
De hecho los trabajadores de estos centros comerciales iniciarán su descanso a más tardar a las 21:00 horas del sábado 27 de octubre, finalizando el descanso a las 06:00 horas del 29 de octubre, salvo las alteraciones horarias que se produzcan con motivo de la rotación de los turnos de trabajo.
En cambio, sí pueden funcionar los locales comerciales administrados de forma autónoma, como supermercados, almacenes y farmacias, siempre que no estén ubicados dentro de un centro comercial.
Hay que considerar que en forma particular los sindicatos de trabajadores de los malls pueden negociar el cierre completo del lugar, o bien la Dirección del Trabajo puede emitir dictámenes indicando el cierre de estos establecimientos para el día 28 de octubre.
Dos horas de permiso a los trabajadores
La ley señala además que los empleadores deben otorgar a los trabajadores dos horas de permiso remunerado (es decir sin descuentos) para que puedan votar. Esto es incluso independiente de si el trabajador ejerce o no su derecho a sufragar, ya que a partir de esta elección es voluntario.
Las multas que se arriesgan por esta infracción son, para las empresas entre 1 y 49 trabajadores: 8 UTM ($ 312.000 aproximadamente); y para las empresas entre 50 y 199 trabajadores: 15 UTM ($ 585.000 aproximadamente)
En tanto, las empresas entre 200 y más trabajadores, deberán pagar de multa 20 UTM ($ 780.000 aproximadamente).
Por su parte, las multas que arriesgan los centros comerciales y strip center que no pueden abrir el domingo son, para las empresas de 1 a 49 trabajadores de 9 UTM ($ 351.000 aproximadamente); para las empresas de 50 a 199 trabajadores de 30 UTM ($ 1.170.000 aproximadamente). En tanto, las empresas de 200 o más trabajadores deberan pagar 40 UTM ($ 1.560.000 aproximadamente).
Las denuncias se pueden realizar a través de la web (www.dt.gob.cl) donde habrá un link para denunciar a centros comerciales o strip centers que estén abiertos. También estará habilitado el call
center número 600 450 4000 para hacer las denuncias respectivas.