Elecciones Municipales: "Ley Seca" regirá por un tiempo más acotado
COMUNA DE NAVIDAD., Junto con
el cambio que se hizo en las elecciones, para contar por primera vez con
inscripción automática y voto voluntario, también se incluyó en la Ley 20.568 la normativa que
cambia el horario para que rija la llamada "Ley Seca".
De esta forma, y como indica también el
Servicio Electoral (Servel), el próximo domingo 28 de octubre se prohíbe el
expendio de bebidas alcohólicas en supermercados, botillerías, bares, restaurantes,
discoteques, etc. desde las 05:00 horas, hasta dos horas después del cierre de
las votaciones.
Este será un cambio importante sobre
todo para los locales nocturnos, debido a que la normativa anterior indicaba
que la "Ley Seca" operaba en todo el territorio nacional desde las
00:00 horas del día de las elecciones, y hasta cuatro horas después de
terminadas las votaciones.
En el caso de los supermercados y
centros comerciales, deberán retirar de sus góndolas las bebidas alcohólicas en
ese horario. Tampoco podrán funcionar los teatros, cines y recintos de
espectáculos o eventos deportivos, artísticos o culturales. Los hoteles serán
la excepción, porque se les permitirá vender licor, claro que sólo a sus
pasajeros.
En el caso de los casinos, gracias a una
instrucción emanada de la
Superintendencia de Casinos de Juego (SCJ), se derogó la
anteriore normativa que prohibía a este tipo de recintos funcionar en días de
elecciones. De hecho Monticello Gran Casino informó que operará
ininterrumpidamente el sábado 27 y el domingo 28 de octubre, pero respetando la
ley, y por lo tanto no venderá ningún tipo de alcohol desde las 05:00 horas del
domingo.
Cierre
de malls
Además, la norma establece que centros
comerciales y strips center administrados bajo una misma razón social, no
pueden abrir el día de la elección, y por ende sus trabajadores gozan de
feriado obligatorio.
De hecho los trabajadores de estos
centros comerciales iniciarán su descanso a más tardar a las 21:00 horas del
sábado 27 de octubre, finalizando el descanso a las 06:00 horas del 29 de
octubre, salvo las alteraciones horarias que se produzcan con motivo de la
rotación de los turnos de trabajo.
En cambio, sí pueden funcionar los
locales comerciales administrados de forma autónoma, como supermercados,
almacenes y farmacias, siempre que no estén ubicados dentro de un centro
comercial.
Hay que considerar que en forma
particular los sindicatos de trabajadores de los malls pueden negociar el
cierre completo del lugar, o bien la Dirección del Trabajo puede emitir dictámenes
indicando el cierre de estos establecimientos para el día 28 de octubre.
Dos
horas de permiso a los trabajadores
La ley señala además que los empleadores
deben otorgar a los trabajadores dos horas de permiso remunerado (es decir sin
descuentos) para que puedan votar. Esto es incluso independiente de si el
trabajador ejerce o no su derecho a sufragar, ya que a partir de esta elección
es voluntario.
Las multas que se arriesgan por esta
infracción son, para las empresas entre 1 y 49 trabajadores: 8 UTM ($ 312.000
aproximadamente); y para las empresas entre 50 y 199 trabajadores: 15 UTM ($
585.000 aproximadamente)
En tanto, las empresas entre 200 y más
trabajadores, deberán pagar de multa 20 UTM ($ 780.000 aproximadamente).
Por su parte, las multas que arriesgan
los centros comerciales y strip center que no pueden abrir el domingo son, para
las empresas de 1 a
49 trabajadores de 9 UTM ($ 351.000 aproximadamente); para las empresas de 50 a 199 trabajadores de 30
UTM ($ 1.170.000 aproximadamente). En tanto, las empresas de 200 o más
trabajadores deberan pagar 40 UTM ($ 1.560.000 aproximadamente).
Las denuncias se pueden realizar a
través de la web (www.dt.gob.cl) donde habrá un link para denunciar a centros
comerciales o strip centers que estén abiertos. También estará habilitado el
call
center número 600 450 4000 para hacer
las denuncias respectivas.